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¿Qué disponibilidad tienen los fondos depositados en mi Cuenta Corriente?
¿Qué es un cheque?
¿Cómo se debe extender un cheque?
¿Cuáles son las formas de extender un cheque?
¿Qué condiciones y forma de pago tiene un cheque al portador o abierto?
¿Qué condiciones y forma de pago tiene un cheque a la orden (o cerrado)?
¿Qué condiciones y forma de pago tiene un cheque nominativo?
¿Qué condiciones y forma de pago tiene un cheque cruzado?
¿Por qué razón puede darse orden de no pago de un cheque?
¿Por qué razón puede protestarse un cheque?
 
 
Disponibilidad de fondos
depositados en Cuenta
Corriente
Los fondos depositados en tu Cuenta, tendrán la siguiente disponibilidad:
• Depósitos en efectivo por Cajas: Están disponibles de inmediato y pueden ser girados desde cualquier oficina del Banco de Chile, o desde cualquier cajero automático, con tu tarjeta Chilecard.
• Depósitos con cheques y/o documentos del Banco de Chile: Tienen disponibilidad casi inmediata, condicionada sólo a la previa verificación de la correcta extensión y existencia de fondos.
• Depósitos con cheques y/o documentos de otros Bancos de la misma Plaza: Están disponibles a las 13:00 horas del día siguiente al del depósito, una vez que se tenga la confirmación del otro banco.
• Depósitos con cheques y/o documentos de otros Bancos de otras plazas: Los días de retención que puedan tener estos depósitos podrán variar, dependiendo de la distancia que exista entre la plaza de pago y la plaza donde se efectuó el depósito.
 
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Extensión de cheque
Al extender un cheque, éste siempre debe contener
a) lugar y fecha de expedición
b) cantidad girada, en letras y números
c) firma
Así, el plazo de presentación a cobro de un cheque en moneda nacional y cobrado en un Banco establecido en el país, será de 60 días si el Banco en el cual se cobra el cheque está ubicado en la misma plaza de emisión del cheque y, de 90 días si la plaza de emisión y la plaza de cobro son distintas. (La plaza de cobro viene preimpresa en el cheque; la plaza de emisión es la que anota el titular al extender un cheque).
 
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Formas de extender un cheque La extensión de un cheque puede ser:
• Al portador: No se le han tachado las expresiones "a la orden de", ni "al portador".
• A la orden: Se le ha tachado la expresión "al portador".
• Nominativo: Se le han tachado las expresiones "a la orden de" y "al portador".
• Cruzado: Se le deben hacer dos líneas paralelas y transversales en el anverso del cheque. Si se especifica el nombre de un banco entre las líneas paralelas, el cheque sólo puede ser depositado en ese banco.

Estas distintas menciones, condicionarán su seguridad y forma de pago.
 
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Condiciones y forma de pago
de cheque al portador o abierto
Puede ser cobrado por su portador, quien puede:
• Cobrarlo por caja. Debe firmarlo cruzado en el anverso (cancelarlo). En el reverso debe indicar su nombre y cédula de identidad.
• Depositarlo en cuenta corriente o de ahorro. En el reverso debe indicar su número de cuenta, firmarlo y escribir "valor en cobro".
• Transferirlo a un tercero. Sólo basta entregárselo.
 
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Condiciones y forma de pago
de cheque a la orden
(o cerrado)
Será pagado sólo a la persona que se indica en la orden, o a quien éste lo endose. El tenedor del cheque puede:
• Cobrarlo por caja.
• Depositarlo en cuenta corriente o de ahorro.
• Endosarlo a un tercero. Al reverso deberá firmarlo y anotar su cédula de identidad. Quien recibe el cheque puede volver a endosarlo por el mismo método.
 
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Condiciones y forma de pago
de cheque nominativo?
Un cheque nominativo,", y sólo puede ser cobrado por la persona a cuyo nombre está girado. No es endosable. El portador puede:
• Cobrarlo por caja.
• Depositarlo en su cuenta corriente o de ahorro.
 
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Condiciones y forma de pago
de cheque cruzado?
Da mayor seguridad, ya que no puede ser cobrado por caja. Sólo puede ser depositado en una cuente corriente o de ahorro, por lo que queda plenamente identificada la persona a la cual le fue depositado el documento.
 
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Cheque Es una orden de pago escrita y girada contra el Banco, para que éste lo pague a su presentación con fondos disponibles de la Cuenta Corriente del titular.
El cheque es siempre pagadero a la vista, es decir, basta su sola presentación para que sea pagado. No existe el cheque a fecha. Además, el cheque es indivisible, o sea, no admite pagos por parcialidades, sino sólo por el total por el cual fue extendido.
 
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Orden de no pago de un cheque Puede ordenar al Banco, mediante Banco en Línea o en forma directa, abstenerse de pagar un cheque que se ha girado, sólo si existen determinadas causales aceptadas por Ley. Dichas causales, señaladas en el artículo 26 de la Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, son:
• Falsificación de firma;
• Alteración del monto o beneficiario.
• Robo (con apremio físico), Hurto (sin apremio físico) y Extravío.
Para las órdenes de no pago por Robo, Hurto o Extravío, el titular de la Cuenta Corriente debe publicar un aviso durante tres días consecutivos, en un diario de la localidad donde mantiene su cuenta corriente o en uno de circulación nacional, en caso de no existir periódico en la localidad.
Para liberarse de las molestias asociadas a estos trámites, el Banco de Chile ofrece el Servicio de Publicación de Órdenes de No Pago.(Las revocaciones de órdenes de no pago no requieren publicación).
 
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Protesto de cheque Un protesto es el testimonio escrito del rechazo de un cheque por parte del Banco. Las prioridades que establece la Superintendencia de Bancos para protestar un cheque son:
• Forma:
firma disconforme
fecha inexistente
diferencia entre la cantidad expresa en números y la cantidad expresa en palabras
• Caducidad del cheque (cobro fuera de plazo).
• Orden de No Pago.
• Falta de Fondos o cuenta cerrada. (Además de su publicación en el Boletín Comercial, estas caudales pueden significar encarcelación).
 
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